Pregúntele al Cónsul
Soy un ciudadano estadounidense naturalizado y mi hijo
acaba de nacer. ¿Puede vivir en los Estados Unidos?
Si usted ha vivido en los EU por lo menos cinco años, y dos de los cuales
fueron después de la edad de 14 años, usted podría transmitirle la ciudadanía
estadounidense a su hijo. Para esto debe hacer una cita con la Unidad de
Servicios al Ciudadano Estadounidense (ACS) para iniciar los trámites.
Si usted no ha vivido por lo menos cinco años en los Estados Unidos, ó el niño
nació antes de Ud. naturalizarse, su hijo necesitará una visa de residencia.
¿Puede la madre del niño ir a vivir a los EU?
Usted tendría que estar casado con ella, ó tener planes de hacerlo. Ella
necesitará una visa de residencia o de novia. Usted tendrá que dar el número de
recibo del caso de ella (empieza con EAC ó SDO) a la Unidad de Servicios al
Ciudadano Estadounidense, a la hora de hacer la cita para el niño. Las citas se
pueden concertar para el mismo día, tanto para la determinación de la ciudadanía
del niño, como para la entrevista de visa de residencia.
Mi esposa e hijo tienen cita para visa de residencia, pero creo que podría
transmitir la ciudadanía a mi hijo. ¿Qué debo hacer?
Usted debe llevar a la entrevista toda la documentación del tiempo que residió
en los EU, tales como impuestos, sus expedientes escolares, etc. Además, debe
traer los documentos con relación al embarazo y nacimiento del niño; documentos
del hospital, registros médicos, y demás. También es necesario traer pruebas de
su relación con la madre del niño. Si su hijo es candidato para la ciudadanía
estadounidense, se le dará un paquete de información donde se detallan los
documentos necesarios para el reporte de nacimiento en el extranjero y se
concertará una cita lo antes posible con la Unidad de Servicios al Ciudadano
Estadounidense.
Para obtener más información sobre la transmisión de la ciudadanía, por favor
visite la página:
http://www.usemb.gov.do/Consular/ACS/crba_main-s.htm |