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Votación en Ausencia

El Acta de Votación en Ausencia para ciudadanos norteamericanos en el extranjero (UOCAVA) garantiza a los ciudadanos norteamericanos el derecho al voto en las elecciones federales de los Estados Unidos. (Las elecciones federales incluyen las elecciones primarias, generales y especiales para las posiciones Presidencial, Vice Presidencial, Senadurías y los representantes del Congreso.) El UOCAVA aplica solo para elecciones federales. Sin embargo, muchos estados en los Estados Unidos han promulgado leyes para permitir que ciertas categorias de ciudadanos en el extranjero puedan ejercer e voto en ausencia para la elección de oficiales locales o estatales.  Los mismos procedimientos para obtener boletas para elecciones locales se utilizan para obtener boletas para elecciones federales.

Para votar tanto en elecciones federales o estatales en los Estados Unidos, la mayoría de los estados requieren que los ciudadanos residiendo en el extranjero se registren en el estado donde tienen su “residencia de votante”.  Una residencia de votante es la residencia legal o domicilio en el que el votante puede ejercer su derecho al voto si estuviese presente en ese estado. Los miembros de la Milicia y los Marinos Mercantes, sus esposas y dependientes pueden registrar sus votos en el domicilio (estado) donde el miembro alega como su residencia. Los empleados civiles del gobierno de los Estados Unidos, sus esposas y dependientes generalmente se registrarán en el estado donde ellos alegan como su residencia legal.  De acuerdo con el UOCAVA, los ciudadanos civiles en el extranjero (no afiliados al gobierno de los Estados Unidos), deben votar en el último estado de residencia inmediatamente previo a su partida de los Estados Unidos.  Esto aplica aun cuando hayan transcurrido muchos años y el votante no mantiene domicilio ni tiene ninguna intención de regresar a ese estado.

Cómo Votar

Aplicando por una boleta:  La Embajada no puede suplir boletas de votante ni tampoco se puede votar en la Embajada. De cualquier forma, la Embajada sí suple el formulario necesario para solicitar la boleta de voto en ausencia a su último estado de residencia.  El formulario es conocido como el FPCS – La Aplicación para Tarjeta Postal Federal (Federal Post Card Application).

La tarjeta puede ser recogida en persona en la Sección Consular.  Sugerimos que nos visite en la Unidad de Servicios a Ciudadanos Americanos (ACS) en horario de 7:30 a.m. a 4:00 p.m., de Lunes a Viernes. La Embajada está cerrada durante los días feriados tanto dominicanos como estadounidenses. Nuestro número de teléfono es (809) 731-4294. Cuando requiera la FPCA, asegúrese de pedir también las instrucciones para votar correspondiente a su estado de residencia. Si usted vive permanentemente en el extranjero, su estado de residencia para fines de votación es el estado donde usted vivió inmediatamente antes de dejar los Estados Unidos.  Por favor, provea el número de tarjetas que desea solicitar según la cantidad de miembros de su familia en edad de votar, tomando en consideración cualquier joven adulto que resida con usted en el extranjero.  La edad de votación en Estados Unidos es 18 años.

La FPCA está también disponible en el Internet, pero no todos pueden utilizarla. La página de Internet del Programa Federal de Asistencia en Votaciones contiene una versión en línea de la FPCA (On-line FPCA ó OFPCA).  Cuarenta y cinco estados permiten su uso. Los cinco estados y sus territorios que no aceptan la OFPCA se negarán a registrar o enviar las boletas a los ciudadanos que estando en el extranjero utilicen la versión en línea de la FPCA (OFPCA).

Notas Importantes:

Ahora los 50 estados acceptan la FPCA.  Todos los estados enviarán boletas para cada elección durante el año para el cual la persona es elegible; ya no es necesario enviar una FPCA separada previo a cada elección.

Verifique las fechas límite de registro de votantes de su estado visitando la siguiente dirección: http://www.fvap.gov/pubs/vag/vagchampter3.html

¿Qué hago con la FPCA?  Llene la FPCA de acuerdo a las instrucciones anexas a la tarjeta.  Si tiene preguntas sobre las instrucciones o si usted necesita saber la dirección del oficial a quien debe dirigirle la tarjeta (e.g. Secretario del Condado, Comité de Elecciones, Registro de Votantes, etc.), consulte el extracto de la Guía de Asistencia en Votaciones de su estado.

La Guía de Asistencia en Votaciones contiene información y requisitos actualizados para votar en cada estado. A usted le será dada la información del estado que aplique en su caso.  Cerciórese de la fecha de aplicación. Una vez usted determine el condado donde usted vota, la Guía puede darle la dirección y el código postal del oficial del condado a quien usted debe dirigir su FPCA. Tenga presente que muchos estados aceptarán la FPCA como un formulario multipropósito, i.e., puede ser utilizado como una aplicación para un registro y/o una boleta de voto en ausencia. En la eventualidad de que su estado no acepte la FPCA para todos los propósitos, el estado le enviará un formulario de registro, el cual usted debe completar.  En algunos casos el formulario debe ser notariado ante un oficial consular norteamericano o un notario público en el extranjero.  En algunos estados, solo después que el formulario de registro está completamente ejecutado y enviado usted recibirá la boleta de votación en ausencia.  La posibilidad de este proceso de dos pasos hace aún más importante el hecho de comenzar el proceso con suficiente tiempo de antelación..

Proceso Notarial:  Si el estado requiere que usted haga un juramento de conocimiento del contenido de la FPCA, tráigala junto a su pasaporte estadounidense a la Unidad de Servicios a Ciudadanos Americanos en el Consulado. Todos los servicios notariales en los materiales de votación se hacen sin costo alguno.  Si usted no puede venir en persona ante el Oficial Consular, usted podría hacer que el documento sea atestiguado ante un Notario Público, a quien usted probablemente deba pagarle alguna cantidad de dinero por concepto de costo.

Dónde se envía la FPCA:  Busque en el capítulo III de la Guía de Asistencia en Votaciones (VAG).  Bajo el título “Where to Send it?” encontrará una lista de direcciones de los oficiales electorales locales de las ciudades y condados.  Envíe la FPCA a la ciudad o el condado donde usted está registrado para votar.

Enviando la FPCA por correo:  La FPCA tiene franqueo pre-pagada. Puede ser enviada por correo sin necesidad de estampillas postal SI es enviada a través de cualquier facilidad de correo APO/FPO, del correo diplomático de la Embajada o Consulado, o llevada a mano a los Estados Unidos y depositada en un buzón del sistema postal.  Si usted obtiene una fotocopia de la FPCA en línea, y la envía a través del correo diplomático, de las facilidades de APO/FPO o del sistema postal de los Estados Unidos, usted primero necesita ponerla en un sobre y colocar suficientes estampillas de los Estados Unidos. Si usted envía directamente la FPCA o la versión en línea de la FPCA (OFPCA) a través de un servicio de correo privado a los oficiales electorales locales, usted no necesitará adherir estampillas de correo pero tendrá que pagar cargos aplicables al correo privado expreso.  También verifique la Guía de Asistencia en Votaciones para su estado ya que muchos de los estados ahora permiten enviar la boleta por fax.  Usted no puede someter la FPCA electrónicamente a través del Internet.

¿Incurriré en obligación de impuestos por registrarme para votar? La ley Federal provee que no puede ser impuesta una obligación de impuestos basada en el ejercicio de su derecho a votar en las elecciones Federales, e.g., elecciones del Presidente, Vicepresidente, Senadores y Representantes del Congreso de los Estados Unidos. Si usted es un ciudadano civil residiendo fuera de territorio estadounidense y desea por motivos de impuestos evitar clasificarse como un residente estatal, usted debe verificar la sección que se refiere a "Otros ciudadanos norteamericanos residiendo fuera de territorio estadounidense - Other U.S. citizen residing outside U.S." en la FPCA. Usted normalmente recibirá únicamente una boleta Federal. Si el estado le envía una boleta completa porque no imprime una boleta Federal por separado, usted puede votar en la boleta completa sin incurrir en obligación de impuestos.

Note, de cualquier forma, que algunas aplicaciones para las boletas o las boletas en sí preguntan si desea votar por oficiales estatales para la elección, i.e., candidatos para gobernador o para legislatura estatal. Antes de votar por oficiales del estado consulte la Guía de Asistencia en Votaciones, en la que se nombran los estados en los que usted puede incurrir en obligación de impuestos ya sea por que se registre para votar o por que vote. Para reiterar, si usted se registra para votar o vota únicamente por oficiales Federales la ley previene al gobierno federal y al gobierno estatal o local de no utilizar su voto en la determinación de su domicilio para fines de impuestos.

Boleta Federal de Inscripción para Votación en Ausencia (FWAB): Los votantes en el extranjero pueden ser elegibles para usar la Boleta federal de inscripción para votación en ausencia (Federal Write-in Absentee Ballot - FWAB) para votar por las oficinas federales (Presidente/Vice Presidente, Senador, y Representativo.)  La FWAB puede ser usada únicamente en elecciones generales y es una acción de emergencia para aquellos votantes que esperan poder utilizar la boleta regular de votación en ausencia de su estado o territorio pero que no la recibieron a tiempo para votar y devolverla.  El oficial electoral local debe recibir la FWAB a más tardar en la fecha límite según la ley del estado para recibir las boletas regulares de votación en ausencia. La FWAB es para asistir a aquellos votantes que serían privados de su derecho sin tener ninguna culpa para ello, y no está diseñada como un reemplazo de la boleta regular.  Es válida únicamente cuando ya se ha requerido la boleta estatal.

Las Boletas Federales de Inscripción para Votación en Ausencia (FWAB) pueden ser obtenidas contactando la Unidad de Servicios a Ciudadanos Americanos (ACS) de la Sección Consular.

Negación del derecho al voto: Cualquier persona que cree que a él o ella le ha sido negado el derecho al voto debe seguir los procedimientos señalados en la Guía de Asistencia en Votaciones.  Alternativamente, contacte la División de Derechos Civiles del Departamento de Justicia de los Estados Unidos en Washington, D.C. 20520.

El Programa Federal de Asistencia en Votaciones tiene su propio sitio web y la Guía de Asistencia en Votaciones está también disponible allí: www.fvap.gov; Dirección de correo electrónico: vote@fvap.ncr.gov

LOS VOTANTES DEBEN SOMETER SU FPCA AHORA PARA LAS ELECCIONES GENERALES DEL 2004

Una vez más, algunos estados ya han cerrado sus listas de registro para las elecciones generales del 2004.  Las listas de registro en otros estados cerrarán pronto.  Actúe inmediatamente! Verifique las fechas límite de registro de su estado visitando la siguiente dirección: http://www.fvap.gov/pubs/vag/vagchampter3.html

Para obtener asistencia debe contactar un miembro del personal de la FVAP a través del DOD del Centro de Información para el votante (VIC).  El VIC también provee un mensaje grabado de los candidatos, así como otras informaciones concernientes a las elecciones, 24 horas al día.

Los ciudadanos pueden acceder el numero sin cargos del VIC desde 59 países utilizando los números listados en la página en la red del FVAP, http://www.fvap.gov.  En los Estados Unidos llame al 1-800-438-VOTE (8683), o localmente al (703) 588-1343, o utilice el DSN (militar) 425-1343.

Las preguntas relacionadas a lo anterior pueden también ser referidas al Director, Federal Voting Assistance Program, Department of Defense, Washington Headquarters Services, 1155 Defense Pentagon, Washington DC 20301-1155.  Adicionalmente, la FVAP puede ser contactada vía e-mail al vote@fvap.ncr.gov y en la página en la red al http://www.fvap.gov.

Preguntas frecuentes acerca de la votación

Soy un ciudadano norteamericano viviendo en el extranjero.  ¿Puedo votar en las elecciones de los Estados Unidos?  Sí. Generalmente, todos los ciudadanos norteamericanos de 18 años o más quienes están o estarán residiendo fuera de los Estados Unidos durante un período electoral son elegibles para votar en cualquier elección para una oficina Federal a través voto en ausencia o voto por correspondencia.

¿Qué es una elección para una oficina Federal?  Una elección para una oficina Federal es cualquier candidatura o elección primaria para seleccionar, nominar o elegir un candidato para las oficinas del Presidente, Vicepresidente, Miembro del Colegio Electoral, Miembro del Senado de los Estados Unidos o Miembro de la Cámara de Representantes de los Estados Unidos.

¿Cuándo son las elecciones?  El año pasado, las elecciones generales fueron el 5 de noviembre del 2002. Los estados y los territorios llevan a cabo elecciones primarias, especiales y nominaciones a través de todo el año.

¿Puedo votar en la Embajada o Consulado de los Estados Unidos?  No. Sin embargo, los oficiales de asistencia para votaciones atestiguan o notarían los formularios o la boleta (si se requiere. Estos últimos también le permitirán enviar materiales de votación a través del sistema de correo diplomático (APO/FPO) a sus oficiales de elecciones locales en los Estados Unidos, donde se procesan su registro y su requerimiento de boleta y donde se cuenta su boleta de votación.

¿Dónde puedo obtener información sobre los temas y posiciones de un candidato?
En adición a encontrar información en los canales de noticias internacionales, en el Internet o en las revistas de noticias y periódicos de los Estados Unidos, usted puede contactar a los Demócratas en el extranjero o a los Republicanos en el extranjero. Ellos mantienen oficinas en países extranjeros y le enviaran información pertinente sobre los candidatos y los temas.  Las Embajadas y Consulados de los Estados Unidos pueden proveer la dirección local o los números de teléfono de estas organizaciones.  Alternativamente, usted puede contactar dichas organizaciones de manera directa:

Demócratas en el extranjero
430 S. Capitol Street, SE
Washington, DC 20003

E-mail:

goldberga@dnc.democrats.org

Tel.: (202) 479-5122

Republicanos en el extranjero
209 Pennsylvania Ave., SE
Washington, D.C. 20003

E-mail:

republicansai@mindspring.com

Tel.: (202)608-1423

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